El pasado 11 de noviembre, en Consejo de Ministros del Gobierno de España, se aprobó el Real Decreto que regula el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras y el Listado de especies con potencial invasor.
Ambos documentos constituyen el desarrollo de la Ley de Patrimonio Natural y la Biodiversidad.
Igualmente, se definen los riesgos de cada especie y se definen los animales asilvestrados, de compañía, domésticos, de compañía exóticos, el concepto de invasión, control y erradicación, al tiempo que distingue entre especies exóticas alóctonas, invasoras o con potencial invasor.
A partir de ahora, cualquier ciudadano u organización podrá solicitar a la dirección general del Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM) la iniciación del procedimiento de inclusión o exclusión de una especie o subespecie en el Listado o en el Catálogo.
La inclusión de una especie en el Catálogo o en el Listado supone la prohibición de su introducción en el medio natural, en todo el territorio nacional y en las zonas marinas bajo la soberanía o jurisdicción española. En ese caso, también queda prohibida la posesión, transporte, tráfico y comercio de ejemplares vivos o muertos, de sus restos o propágulos, incluyendo el comercio exterior.
Finalmente, también recoge el establecimiento de sanciones en caso de incumplimiento de las normas anteriores.